Tal y como venimos diciendo en post anteriores el Compliance Penal debe ser la piedra angular sobre la que se edifique la organización de nuestra empresa buscando implantar en ella una cultura del cumplimiento que debe ser asumida por todos y cada uno de los trabajadores de la misma, así como por parte de sus Directivos.
Así, y debido a la importancia que a nuestro juicio tiene esta disciplina, es por lo que le estamos dedicando una serie de posts en los que trataremos de explicar en detalle esta disciplina.
En el post anterior hemos detallado los beneficios que para la empresa supone tener un modelo de prevención penal y hoy intentamos explicar los requisitos que este modelo debe cumplir para que produzca el efectos de exonerar de responsabilidad penal a la persona jurídica.
La propia Fiscalía General del Estado en su circular 1/2016 viene a recordar los criterios que se recogen en nuestro Código Penal y que son los siguientes: Continúa leyendo LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL MODELO DE COMPLIANCE