COMO AFECTA EL EURIBOR NEGATIVO A MI HIPOTECA

Por primera vez en la historia el Euribor a 12 meses (el índice más utilizado en las hipotecas que se firman en España) cierra en negativo en el mes de febrero.

Ante este escenario completamente nuevo surgen algunas dudas, entre ellas la de si los bancos nos pagarán dinero por nuestras hipotecas. Lo que es innegable es que los clientes se beneficiarán de este tipo negativo; sin embargo no parece probable que los bancos nos vayan a pagar, y ello por diversas razones:

En primer lugar, el Euribor cerrará en un -0,07%. Las hipotecas a tipo variable suelen ir referenciadas al Euribor más un diferencial. El diferencial más bajo jamás comercializado en España fue del 0,17 por el Deutsche Bank, aunque lo más frecuente es que no sea inferior al 0,50% por lo que aún estamos muy lejos de poder llegar a un escenario en el que los bancos se vieran obligados a pagar.

En segundo lugar, los bancos ya han puesto su maquinaria jurídica a trabajar para evitar esa situación. El argumento principal que defenderán se basa en el hecho de que, por definición, en el contrato de préstamo no se contempla que el prestador pague por el dinero que ha prestado, lo que a su juicio (y en este caso estoy de acuerdo) no tendría ningún sentido. Así, en el supuesto de que el Euribor siga su descenso y entremos en un panorama en el que ese tipo negativo no se compense con el diferencial lo que proponen las entidades bancarias es establecer un interés 0% en el que el banco no cobrará intereses pero en ningún caso los pagará por el dinero prestado.

Ante esta situación algunos bancos han empezado a tomar medidas para las nuevas hipotecas.

Por ejemplo, Liberbank incorpora en sus contratos de préstamos una cláusula cero en la que se establece que los intereses no podrán ser en ningún caso ser inferiores a cero. Esta misma medida ha sido adoptada por Caixa Bank, aunque sin asumir la denominación de cláusula cero.

A mi juicio, esta cláusula, deberá pasar los controles de transparencia (al igual que sucede con las cláusulas suelo) ya que aunque sean legales entiendo que debe ser tratadas como un elemento esencial del contrato y así se debe reflejar tanto en la negociación como en la incorporación al contrato.

Un segundo grupo de bancos han optado por descartar este tipo de cláusulas alegando que aplicando diferenciales de 150 puntos porcentuales están protegidos ante esta situación. En este grupo podemos encontrar por ejemplo a Bankia o a BBVA.

Un último grupo ha optado por promocionar hipotecas a tipo fijo en torno al 2,5%.

Para terminar este post, desde Arbesú Abogados recomendamos a quienes vayan a firmar una hipoteca que estudien la documentación que se les entrega previamente a la firma del contrato para poder conocer exactamente las condiciones en las que se les concede el préstamo y así poder tomar la mejor decisión.

 

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